Informe de fiscalización del Consorcio para la Ejecución del Plan Zonal de Residuos del Área V3 (CVI). Ejercicio 2017
A continuación se ofrece un resumen de dicho Informe.
RESUMEN
La fiscalización del Consorcio de Ejecución del Plan Zonal de Residuos del Área de Gestión V3 (Consorcio) correspondiente al ejercicio 2017 ha consistido en una auditoría financiera de seguridad razonable de las cuentas anuales y, en su caso, formular conclusiones sobre la adecuación a la legalidad de las operaciones revisadas.
En el Consorcio, que se constituye en 2005, participan 61 municipios de 5 comarcas, a los que les corresponde el 60% de los votos de la Asamblea, la Generalitat participa con un 25% de los votos y la Diputación Provincial de Valencia con un 15%.
La principal actividad del Consorcio es la prestación a los ayuntamientos consorciados del servicio de tratamiento y eliminación de los residuos, que se financia fundamentalmente con una tasa medioambiental, regulada por el propio Consorcio (18,7 millones de euros en 2017).
Este servicio se presta mediante gestión indirecta, a través de un contrato de concesión de obra pública suscrito en 2007 y con una duración de 20 años, que no incluye la entrega al Consorcio de las instalaciones cuando se terminan, dado que los terrenos son propiedad del adjudicatario al finalizar la concesión, según la opción elegida por la Asamblea.
Los cánones de tratamiento que se pagan a la concesionaria ascienden a alrededor de 14 millones de euros anuales y constituyen el principal gasto del Consorcio.
En nuestro Informe de auditoría financiera emitimos una opinión favorable con tres salvedades:
- No figuran contabilizadas las cesiones de los terrenos para los ecoparques, efectuadas por los ayuntamientos.
- Las deudas del balance al cierre de 2017 están infravaloradas en un total de 4,3 millones de euros.
- La memoria aprobada es incompleta.
En la fiscalización de cumplimento de legalidad de los fondos destaca:
1) La falta de adscripción en los estatutos del Consorcio de la Administración de la que ha de depender, como exige la normativa y que supone una indeterminación de su régimen jurídico, presupuestario, contable y de control.
2) Debilidades relevantes en el ejercicio del control interno.
3) La base imponible de la tasa de servicios ambientales acordada por el Consorcio supera los costes reales o previstos incumpliéndose la normativa local, al considerar como coste una menor recaudación de la tasa por los créditos incobrables.
4) Las retribuciones y la provisión de determinados puestos de trabajo no se ajustaron a la normativa aplicable.
5) Múltiples incidencias en el contrato de concesión de obra pública:
- No consta el acta de la mesa de contratación de 2 de noviembre de 2006, con la propuesta de adjudicación, firmada por sus componentes. Tampoco figura la autorización para la absorción de una de las empresas integrante de la UTE concesionaria de las plantas por uno de los licitadores que no resultaron adjudicatarios, exigida por la normativa de contratación.
- Los gastos de valorización y tratamientos de residuos y gestión de ecoparques que constituyen el mayor gasto del Consorcio no están suficientemente soportados por tarifas o cánones debidamente formalizados.
- El concesionario no asume riesgo de explotación o demanda alguno, dado que los cánones que recibe son superiores cuando se trata menor volumen de residuos en 2008 y 2011. La Asamblea del Consorcio acuerda un aplazamiento del precio del contrato, prohibido por la legislación contractual, a través de un préstamo de 15,2 millones de euros a 20 años del canon devengado antes de la construcción de las plantas.
6) En el contrato de asistencia técnica de control ambiental para el seguimiento del contrato de concesión:
- La fórmula de valoración del precio prevista en el pliego no garantiza que los criterios objetivos tengan preponderancia en la valoración y por tanto que se seleccione la oferta más ventajosa.
- El Consorcio ha pagado la cantidad de 110.252 euros por la realización de analíticas de laboratorio que se encuentran incluidas entre los gastos a cargo de la adjudicataria. La concesionaria ha reintegrado este importe como consecuencia de nuestra fiscalización.
Además se efectúan 10 recomendaciones para mejorar la gestión: presupuestaria y contable, de personal y contratación, de los ingresos, medioambiental y de transparencia.
DENOMINACIÓN ANTERIOR | DENOMINACIÓN ACTUAL |
Consorcio para Ejecución del Plan Zonal VI, VII y IX | Consorcio para la Ejecución del Plan Zonal 4, Área V3, conocido como “Consorcio Valencia Interior” |

2 plantas de residuos: Llíria y Caudete de las Fuentes en marcha desde 2013/2014
1 vertedero: en Caudete de las Fuentes
1 planta de transferencia en Chiva en marcha desde 2014
9 ecoparques móviles y 25 ecoparques fijos

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NOTA
Este resumen pretende ayudar a la comprensión de los resultados de nuestro Informe y facilitar la labor a los lectores y a los medios de comunicación. Recomendamos su lectura para conocer el verdadero alcance del trabajo realizado.
