Hoy publicamos el informe de fiscalización del Consell Valencià de Cultura, ejercicio 2017
A continuación se ofrece un resumen de dicho Informe.
Resumen
La Sindicatura de Comptes ha realizado una auditoría financiera de las cuentas anuales del Consell Valencià de Cultura del ejercicio 2017 en la que emite una opinión con una salvedad:
- La Institución tiene su domicilio y desarrolla su actividad en un inmueble que le ha sido adscrito por la Generalitat, pero este hecho no tiene reflejo contable en las cuentas anuales.
En las conclusiones sobre otros requisitos legales y reglamentarios, la Sindicatura detalla las debilidades más importantes del régimen presupuestario, contable y de control, así como los incumplimientos significativos de la normativa de personal, de contratación y de transparencia aplicables al Consell Valencià de Cultura. Entre ellas podemos destacar:
- Respecto al régimen contable y de control, la normativa propia de la Institución estatutaria no contiene una regulación suficiente en todos los aspectos necesarios.
- En materia de personal, no se ha aprobado todavía la relación de puestos de trabajo (RPT) de la Institución. Dos de los puestos están cubiertos mediante sistemas provisionales desde hace varios años.
- En uno de los expedientes de contratación revisados, falta la justificación documental adecuada sobre la elección de los criterios de adjudicación y su ponderación.
Por último, el Informe incluye un total de diez recomendaciones para mejorar la gestión del Consell Valencià de Cultura. Entre ellas podemos destacar las siguientes:
- Aprobar las modificaciones necesarias de la normativa propia de la Institución con objeto de que esta contenga las especialidades relativas a su régimen presupuestario, contable y de control.
- Calcular los anteproyectos de presupuestos anuales de forma más ajustada a las posibilidades reales de ejecución del gasto.
- Elaborar el informe jurídico sobre los pliegos de contratación.
- Para formular las cuentas anuales, aplicar las normas de elaboración y los modelos de cuentas previstos en el Plan General de Contabilidad.
- La incorporación de remanentes de crédito al ejercicio siguiente debe realizarse mediante la tramitación y contabilización de la modificación presupuestaria correspondiente.
Para ver el Informe completo haga clic aquí
NOTA
Este resumen pretende ayudar a la comprensión de los resultados de nuestro Informe y facilitar la labor a los lectores y a los medios de comunicación. Recomendamos su lectura para conocer el verdadero alcance del trabajo realizado.
